Las pesadas normas para crear una ONG en Estados Unidos y la doble moral de los críticos en Venezuela

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Voceros de los gobiernos y la maquinaria mediática de Estados Unidos se rasgan las vestiduras contra el proyecto de ley que acaba de aprobar, en primer debate, la Asamblea Nacional de Venezuela, para regular el funcionamiento de las organizaciones no gubernamentales (ONG). Es una actitud que puede conducir a los no informados a pensar que en Estados Unidos y otras de las naciones del norte global, ese tipo de entidades opera sin normas restrictivas, lo cual es por completo falso. Muy por el contrario, se trata de una materia estrictamente controlada, en especial si las ONG reciben financiamiento externo.

Autor: Clodovaldo Hernández en Diario VEA

Los siempre “preocupados” funcionarios estadounidenses (y sus cheerleaders en países de la Unión Europea) cuestionan el derecho del gobierno venezolano de establecer requisitos para el funcionamiento de estas organizaciones supuestamente independientes y sin fines de lucro. Dicen que es una típica acción de dictaduras y regímenes autoritarios para perseguir y eliminar a factores críticos en materias como derechos humanos, libertad de expresión y lucha contra la corrupción. Pero en esos mismos países rigen, desde hace muchos años, leyes que obligan a los promotores de las ONG a registrarse ante entes del Estado y a consignar informes periódicos en torno a sus fuentes de financiamiento y beneficiarios. De no cumplir estos requisitos, las organizaciones son ilegalizadas y sus directivos pueden sufrir incluso sanciones penales.

Estados Unidos, larga historia

Poner a funcionar una ONG o cualquier entidad “sin fines de lucro” en Estados Unidos, es realmente complicado. Para quienes quieren aventurarse, hay gordos manuales de instrucciones para afrontar las trabas burocráticas y la maraña de barreras jurídicas. Como es frecuente en este país, es posible encontrar abogados expertos en llevar adelante este proceso.

La ONG debe ser registrada primero ante el gobierno estadal. Si es una ONG que aspira a operar en todo Estados Unidos, tendrá que repetir el proceso ante 50 organismos regionales. Luego estará obligada a cumplir una serie de leyes y deberes a escala estadal y federal. Estos requisitos son fundamentales, además, para que se les califique como organizaciones sin fines de lucro y, por tanto, puedan ser eximidas de pagar impuestos.

La historia de la regulación de las ONG en Estados Unidos se remonta casi un siglo atrás. Las investigaciones revelan que a finales de los años ’30, las élites estaban muy angustiadas por la formación de una quinta columna nazi dentro del país. Pero aún más les quitaba el sueño la presencia de grupos prosoviéticos. Por eso, en 1938 entró en vigencia una ley muy restrictiva para las organizaciones que recibían fondos extranjeros y que a juicio de las autoridades estadounidenses, incursionaban en la política interior.

Luego de la Segunda Guerra Mundial, la paranoia antisoviética y el macartismo agudizaron este afán de control. Buena parte de estas entidades, que hoy se califican como ONG, fueron estigmatizadas en Estados Unidos como agentes de gobiernos extranjeros, aunque su fachada fuera la defensa de los derechos civiles, la igualdad racial o las libertades sindicales.

Así trataron a las ONG en Estados Unidos a lo largo de toda la Guerra Fría que finalizó con la desintegración de la Unión Soviética. Durante los años ’90, la vigencia de un imperio unipolar permitió relajar el nivel de regulación, pero a partir del 11 de septiembre de 2001, se retornó a los peores momentos de la confrontación este-oeste, ahora con la excusa de la guerra contra el terrorismo. George W. Bush emitió una orden ejecutiva y el Congreso aprobó la Ley Patriota, instrumentos que permiten (aun actualmente) que cualquier tipo de organización social deba someterse a las más estrictas supervisiones. Algunas de esas regulaciones rebasan los límites del debido proceso judicial, supuestamente sacrosanto en Estados Unidos.

La Orden Ejecutiva 13.224 estableció, entre otras muchas cuestionables disposiciones, la prohibición de las transacciones con personas y organizaciones que el Poder Ejecutivo considere asociadas con el terrorismo y permitió al gobierno congelar los activos controlados o en posesión de estas entidades y de quienes las apoyan. Debe subrayarse la expresión “que el Poder Ejecutivo considere asociadas al terrorismo”, pues deja claro que para arremeter contra tales organizaciones no hace falta una sentencia del Poder Judicial, sino la sola voluntad del gobierno.

Todas estas arbitrariedades quedaron luego ratificadas por la Ley Patriota, a partir del 15 de marzo de 2004.

El argumento del apoyo al terrorismo da pie a que las ONG, fundaciones y entes por el estilo, así como quienes les donen fondos, estén vigilados de manera permanente por el gobierno de Estados Unidos, el mismo gobierno que considera un acto dictatorial esa misma supervisión cuando la practican las autoridades de Venezuela o de cualquier otro gobierno que no sea de su gusto.

La asistencia humanitaria, según las normativas de Estados Unidos sobre ONG, puede calificarse como apoyo al terrorismo, si se presta a personas que el gobierno considere asociadas con terroristas o actos de terrorismo. ¿Qué autoridad moral puede tener un país con leyes de este tenor para cuestionar el derecho de otras naciones a establecer normas al trabajo de las ONG?

Las penas y castigos

Con su típica hipocresía, los voceros de Estados Unidos y su aparato mediático alertan sobre los peligros de la regulación venezolana a las ONG y advierten que se pretende criminalizar a los directivos de esas entidades. Pero sucede que en Estados Unidos, una ONG que infrinja las nebulosas disposiciones sea de la Orden Ejecutiva de Bush o de la Ley Patriota, puede sufrir la congelación de sus activos o enfrentarse a procesos judiciales penales, incluso si sus directivos alegan que no tenían conocimiento de estar otorgando apoyo a personas o grupos considerados terroristas.

La Ley Patriota establece multas y estipula incluso penas de prisión de hasta 15 años a quien dé apoyo material o recursos que se utilicen en actos calificados como terroristas. Si el acto provoca la muerte de una persona, la pena puede ser de cadena perpetua. La calificación de “terrorismo” queda –hay que insistir en esto– al arbitrio de los funcionarios gubernamentales.

La legitimidad autoasignada

Los voceros de Estados Unidos y la prensa a su servicio legitiman el derecho del gobierno imperial a tomar esas medidas “contra el terrorismo” y seguir siendo un paradigma de la democracia. En tanto, según su relato, el gobierno de Venezuela está obligado a tolerar que toda clase de organizaciones, incluso las abiertamente financiadas por gobiernos hostiles (como el estadounidense y varios de la Unión Europea) actúen sin ningún tipo de control o supervisión. Cuando se pretende establecer algunas regulaciones, se le califica de régimen autoritario y tiránico.

Una revisión somera de las regulaciones a las ONG en otros países del norte global, permite comprobar que en todos y cada uno de ellos existen leyes, decretos y otros instrumentos normativos de la actividad de estos grupos.

Pero la maquinaria mediática global solo critica tales reglamentaciones jurídicas en los países del sur con gobiernos insumisos, como Venezuela o Nicaragua, o en potencias como Rusia o China, que le disputan la hegemonía a EE. UU. y a la Unión Europea.

Es comprensible que así lo haga, porque ya está más que demostrado en Venezuela, que la llamada “prensa libre” también está financiada por los gobiernos de países hostiles y casi siempre reciben los fondos a través de las ONG. Es decir, que están cuidando su verdadera “fuente de ingresos”.

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