Juristas explican desviaciones en la interpretación del artículo 187 por parte de la oposición venezolana (+Audio)

“La Asamblea Nacional no tiene funciones internacionales”, fue parte de los puntos que surgieron de la entrevista que este martes se le realizó en el operativo especial informativo de Alba Ciudad 96.3 FM, a los abogados Francisco Artigas Pérez, asesor de Justicia Transparencia y Tutela Ejecutiva de la Asamblea Nacional Constituyente (ANC); y a Juan Carlos Valdez, abogado especialista en derecho financiero tributario, administrativo y constitucional, quienes explicaron un poco cual es la correcta interpretación del artículo 187 al que aluden desde la Asamblea en desacato.

Texto: Alba Ciudad (Angie Vélez)/ Foto: Paola Pertuz

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La AN no tiene facultades de política internacionales

Juan Carlos Valdez, quien también conduce el programa “Bosa con Valdez” en Venezolana de Televisión, indica sobre el artículo 187 que ninguna misión de ninguna naturaleza, sin autorización del encargado de la política exterior, es decir del Presidente de la República, es procedente. “La Asamblea Nacional no tiene funciones internacionales (…) El presidente de la República puede llamar a una misión pacífica de intercambio militar y luego ser autorizada por la Asamblea Nacional”.

Por su parte, Artigas Pérez, reiteró que quien está autorizado por la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela para suscribir acuerdos y tratados que comprometan a la República y sus instituciones, es el ciudadano presidente de la República, “Quien dirige la política exterior de un país es el presidente de la República, el comandante de las Fuerzas Armadas, es el presidente, en el ejercicio de esas tres funciones, el presidente de la república puede acordar y suscribir tratados internacionales que en el marco de control que tiene la ANC, autoriza o no la suscripción de esos tratados”.

Según las consideraciones de Artigas, al intentar aplicar este articulo, se pretende violar “el derecho”, ya que Guaidó ha venido aplicando políticas dirigidas desde las élites internacionales que desconocen los principios fundamentales que rigen el derecho internacional público tales como, el principio a la no injerencia, la autodeterminación de los pueblos y la violación sin precedentes de la soberanía de las naciones.  En ese sentido, el jurista detalló que estos hechos vienen enmarcados dentro de un ataque programado a los estados naciones, pretendiendo destruir su capacidad de defensa y de gobierno, para luego imponer su propia autoridad.

Del mismo modo, hizo mención de una noticia trascendental, en la que Estados Unidos hace una amenaza a los magistrados de la Corte Penal Internacional, dando una nueva muestra de la doble moral de sus acciones ya que si bien esta nación fue suscriptor del tratado de Roma, posteriormente lo retira antes de que el Congreso Norteamericano lo apruebe, “lo suscribe en el gobierno de Bill Clinton y lo retira George Bush hijo, porque ellos desconocen la posibilidad de que la justicia internacional juzgue sus crímenes de guerra. Es tal la magnitud de los crímenes de guerra cometidos por los EE.UU que se habla de más de 20 millones de muertos en las guerras propiciadas después de la segunda Guerra Mundial”.

Calificó al diputado Guaidó, como un “buen alumno de las corporaciones internacionales del imperio mundial, ha venido desconociendo el derecho internacional, autoproclamándose presidente de la República y aprobando un denominado estatuto para la transición (…) las primeras normas de ese estatuto, violan el principio de la soberanía popular establecida en el articulo 5 de la Constitución y de allí en adelante violan transversalmente toda la normativa constitucional, porque desconocen la voluntad popular del pueblo, desconocen que Venezuela se constituye en un estado democrático social de derecho y de justicia”.

Asimismo, aseguró que al ser aplicado este estatuto, están además desconociendo todos los órganos de justicia, por lo que se preguntó “¿Cómo alguien que ataca la Constitución de esa manera desde los valores primordiales que están en los primeros artículos del texto constitucional, se puede atribuir una defensa (de la misma)?, es una contradicción que cualquier persona de mediano conocimiento del derecho y la política está en la capacidad de vislumbrar”, sentenció.

Sin respaldo constitucional

Por su parte, el también abogado Juan Carlos Valdez, recordó que la Asamblea Nacional en desacato, una vez que fue instalada el pasado 6 de diciembre de 2015, asumió como principal objetivo, derrocar al presidente Nicolás Maduro, conduciéndolos a realizar acciones inconstitucionales y a trabajar en el sentido de desmontar el estado nación.

El jurisconsulto Valdez ofreció un breve recuento histórico para entender que las acciones que realiza hoy la Asamblea Nacional en desacato, no solo son inconstitucionales por estar fuera de normativa, sino que “constituyente actos incluso de ilegadildad peligrosa inclusos para la nación”.

Valdez continua: “Ellos no solo intentan sacar al presidente sino que además se enfrentán al resto de las ramas del Poder Público, como al Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), teniendo como excusa la supuesta ilegalidad del mismo porque hubo una serie de magistrados que fueron nombrado según ellos, de manera exprés (…), en 2015 antes de que se eligiera la actual AN, se venció el periodo constitucional de algunos magistrados, mientras otros fueron jubilados, y estamos hablando de 13 magistrados principales y 21 suplentes”.

En ese sentido, explicó que en el TSJ antes de que se instalara la Asamblea Nacional en desacato, habían 19 magistrados que no tenían su periodo vencido, y que ellos incluso participaron de su nombramiento, magistrados que nunca fueron cuestionados por ellos, hasta que inician con la campaña de desconocimiento por el nombramiento de los nuevos magistrados que en relación al global de representación, son minoría.

Por otro lado el abogado Valdez reflexiona que si el TSJ consta de 32 magistrados ¿Cómo ellos pretenden instalar un supuesto “TSJ en exilio” con solo 13?, “incluso aceptándolos en la sala plena (con los otros 19 magistrados que no desconocen) serían minoría en cada una de las salas que fueron nombrados, porque cada una de las salas, la mayoría tiene cinco magistrados y la única que tiene siete es la Sala constitucional. Es decir, que en cada una de las salas del TSJ, los magistrados que ellos nombraron, no tendrían mayoría, sería minoría también”, explicó el abogado.

El conductor del programa “Boza con Valdez” cuestionó que esta Asamblea no solo se dio el lujo de desconocer las otras ramas del poder público, sino que además se arrogaron las atribuciones del resto de los poderes públicos, interpretando la constitución, haciendo sentencias y hasta suplen al presidente de la república

Finalizaron invitando a estar atentos a un debate que se estará realizando próximamente para ir despejando dudas en cuanto al articulo 187, para que la población venezolana, tenga claridad de lo que esta Asamblea en desacato, intenta lograr en Venezuela.

 

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