La abogada constitucionalista, Olga Álvarez, escribió un artículo donde plasma el claro abuso de poder del Secretario general de la Organización de Estados Americanos (OEA), Luis Almagro, al querer invocar el artículo 20 de la Carta Democrática a Venezuela, asegurando que solo puede efectuarse “cuando se produzca una alteración del orden constitucional”, ha incurrido en un “falso supuesto”, demostrando una clara subordinación a las autoridades ajenas a la organización. Esta actitud desestabilizadora en su abuso de poder, deberá acarrearle la merecida destitución como funcionario de la OEA. Es importante recordar que la sesión del Consejo Permanente de este miércoles fue convocada por Argentina, y no estaba relacionada con la solicitud formulada a la víspera por Luis Almagro, quien pidió que entre el 10 y el 20 de junio tenga lugar una sesión extraordinaria en la que se pueda invocar al artículo 20 de la Carta Democrática Interamericana contra Venezuela
A continuación el artículo:
Luis Almagro, en su operación arriesgada contra Venezuela, se ha colocado la espada de Damocles en la cabeza.
Al invocar él directamente el articulo 20 de la Carta Democrática para solicitar del Consejo Permanente la convocatoria a sesiones extraordinarias de la Asamblea General de la OEA, que solo puede efectuarla “cuando se produzca una alteración del orden constitucional”, ha incurrido en un “falso supuesto”, desnaturalizando la normativa interamericana y evidenciando en sus misivas una clara subordinación a autoridades AJENAS a la organización, entre ellas la Asamblea Nacional venezolana, violando con su conducta el articulo 118 de la Carta de la OEA, lo cual amerita su DESTITUCIÓN.
El Consejo Permanente ante este evidente abuso de poder por parte del Secretario General de la OEA podrá convocar a sesiones extraordinarias de la Asamblea General para debatir la situación presentada por la reiterada conducta oprobiosa del Secretario General contra un Gobierno legitimo de un Estado miembro, en franca violación ademas del articulo 111, 112 y 118 de la Carta de la OEA donde se establecen sus deberes y competencias.
Esta conducta desestabilizadora, temeraria y en evidente abuso de poder del Secretario General deberá acarrearle la merecida destitución como funcionario de la OEA con el voto de las 2/3 partes de los miembros de la Asamblea General como establece el articulo 116 de la Carta de la OEA.
Esperamos que se haga justicia a tan bochornosa operación política absolutamente alejada de los principios establecidos en la propia Carta de la OEA y en la Carta Democrática Interamericana.
El señor Almagro fundamenta su actuaciòn en una falsa “alteracion del orden Constiticional” venezolano y lo que en realidad està ocurriendo es que con su conducta nada ètica y fuera del limite de sus atribuciones, ha generado una “alteracion del orden Institucional” de la propia OEA.
Olga Álvarez
Constitucionalista
¡BUSCAN LA INTERVENCIÓN MILITAR DE EE.UU.! ¿Por qué el antichavismo se afana para que se acentúe la crisis, se declare una “emergencia humanitaria” y se active intervención de la OEA? ¡Para legitimar la intervención militar de EE. UU.! ¿No lo crees? ¿Lo dijo el propio General Kelly del Comando SUR! ¿Así o más claro? -> Crisis humanitaria y solicitud de la OEA precederían a intervención militar de Venezuela: General Kelly, comando Sur – Vìdeo Dailymotion – http://goo.gl/LC81g3