Las estrellas en la bandera nacional, por Pedro Calzadilla

Foto: Correo del Orinoco

Aunque el tema de la posible incorporación de nuevas estrellas en nuestro tricolor patrio parece haberse enfriado, aquí dejo estas líneas.

(Publicado originalmente en CiudadCCS)

  1. Como bien se sabe, la República primera se establece en 1811 por voluntad de los representantes de las siete provincias liberadas entonces: Trujillo, Barcelona, Caracas, Margarita, Mérida, Cumaná y Barinas.
  2. Los representantes de esas siete provincias hicieron también la Constitución de 1811. Al escribirla tenían la certeza de que estaban frente a un proceso histórico dinámico y que -segura e inevitablemente- pronto las tres provincias restantes (Coro, Maracaibo y Guayana; todavía bajo control monárquico) se sumarían a la naciente república.
  3. Por ello redactan el visionario Artículo 128 del texto madre: “Luego que libres de la opresión que sufren las Provincias de Coro, Maracaibo y Guayana, puedan y quieran unirse a la Confederación, serán admitidas a ella, sin que la violenta separación en que a su pesar y el nuestro han permanecido, pueda alterar para con ellas los principios de igualdad, justicia y fraternidad, de que gozarán luego como todas las demás Provincias de la unión”.
  4. Las siete estrellas aparecen por primera vez en nuestro pabellón en mayo del año 1817; por disposición de la autoridades emanadas del polémico Congreso de Cariaco. Las siete estrellas en nuestra bandera, sabemos, simbolizan las siete provincias que en 1811 declararon la independencia. El constituyente no deja espacio a la menor duda: la República nace con las siete provincias que se hicieron presente en 1811 y reserva el espacio a las restantes para su posible futura incorporación.
  5. En noviembre del mismo año 1817, el Libertador, confirmando la naturaleza dinámica y cambiante de los símbolos, decreta en Angostura el ajuste del estandarte nacional y manda incorporar la octava estrella, la de Guayana, recientemente liberada e integrada a la República.
  6. La Constitución de la República de Venezuela de 1819 va en la misma dirección y tampoco deja lugar a dudas. En su TÍTULO 2.º, SECCIÓN 1.º, Artículo 2.º, establece: “El Territorio de la República de Venezuela se divide en diez Provincias, que son: Barcelona, Barinas, Caracas, Coro, Cumaná, Guayana, Maracaibo, Margarita, Mérida , y Trujillo. Sus límites y demarcaciones se fijarán por el Congreso”.
  7. Según se colige de ese artículo, la República es un proyecto a construir; a pesar de que varias de las provincias mencionadas continúan bajo dominio español o han sido recuperadas por las fuerzas de Fernando VII, la República de 1819 reconoce las diez provincias también reconocidas en 1811.
  8. ¿Por qué el Libertador no decreta la incorporación de la novena y décima estrella? Cuando se liberan las provincias de Maracaibo (enero 1821) y Coro (mayo 1821) la República de Venezuela no existe. Lo que existe desde el 17 de diciembre de 1819 es la República de Colombia. Era otra realidad político constitucional; otra bandera había sido aprobada y las estrellas habían desaparecido de nuestro estandarte. Ondeaba entonces el tricolor de la República de Colombia.
  9. A partir de 1830, disuelta Colombia, se restablece la República de Venezuela. Las estrellas (siete) en el pabellón nacional reaparecen a partir de 1859 dispuestas de manera diversa. Desde entonces la octava -aquella ordenada por el Libertador- no figura más. Las 7 estrellas en posición de arco en la franja azul ocurre a partir de 1930 y se quedarán así hasta que el comandante Chávez propone (Con aprobación de la AN en el año 2006), la incorporación de aquella “octava” decretada por el Libertador.
  10. He allí elementos jurídicos, políticos e históricos surgidos de las constituciones de 1811 y de 1819 ¿Novena estrella? ¿Décima estrella? El debate sigue abierto.
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