La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró este miércoles procedente la detención de Germán Darío Ferrer, esposo de la exfiscal Luisa Ortega Díaz y presuntamente involucrado en una red de corrupción de la anterior gestión del Ministerio Público (MP). De acuerdo con una sentencia, publicada en el portal web del Poder Judicial, el máximo tribunal señaló que existen las evidencias para determinar la responsabilidad del ciudadano por los delitos corrupción propia, enriquecimiento ilícito y extorsión, previstos en las leyes venezolanas.
Texto: AVN
“En los casos de los delitos en flagrancia, no es procedente la institución del antejuicio de mérito”, señala la sentencia, con ponencia de Juan José Mendoza Jover, por lo que consideró la Sala Plena que “el enjuiciamiento del mencionado ciudadano deberá hacerse por ante los tribunales ordinarios competentes”, por los delitos que se le acusa.
La Sala Plena ordenó enviar copia la información a la presidenta de la Asamblea Nacional Constituyente, Delcy Rodríguez, así como a la Sala Constitucional del TSJ.
Más temprano, el constituyente Diosdado Cabello denunció que altos funcionarios y directivos del MP, presuntamente dirigidos por Ferrer –diputado y esposo de la anterior Fiscal General de la República– , conformaban una red delictiva que extorsionó a varias empresas que operan en la Faja Petrolífera del Orinoco, a las que esta red chantajeó por más de seis millones de dólares con la amenaza de iniciar investigaciones en su contra.
Según los documentos entregados por Cabello al fiscal General de la República, Tarek William Saab, se evidencia que Ferrer, junto a Pedro Lupera, fiscal nacional activo, y Gioconda González, jefa del despacho de la exfiscal, poseen cuentas bancarias en Las Bahamas, individuales y conjuntas, por más de 6 millones de dólares provenientes de estas extorsiones.
Este es el texto de la decisión publicada:
- Que, de conformidad con el informe emitido por el Ministerio Público, se evidencia que existen suficientes elementos de convicción para determinar la responsabilidad del ciudadano GERMAN DARIO FERRER de haber incurrido de manera permante en los delitos de CORRUPCIÓN PROPIA y ENRIQUECIMIENTO ILÍCITO previstos y sancionados en los artículos 64 y 75 ambos de la Ley Contra la Corrupción, respectivamente; LEGITIMACIÓN DE CAPITALES Y ASOCIACIÓN, previstos y sancionados en los artículos 35 y 37 respectivamente, de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo; y EXTORSIÓN, previsto y sancionado en el arículo 16 de la Ley Contra el Secuestro y la Extorsión.
- Que, en los casos de los delitos en flagrancia, no es procedente la institución del antejuicio de mérito, de conformidad de lo dispuesto en los artículos 200 de la Constitución y 116 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.
- Que, por tratarse de delitos comunes y de conformidad con la decisión N° 1684 del 4 de noviembre de 2008, dictada por la Sala Constitucional de este Tribunal Supremo de Justicia, el enjuiciamiento del mencionado ciudadano deberá hacerse por ante los tribunales ordinarios competentes, según lo dispuesto en el artículo 378 del Código Orgánico Procesal Penal.
- Se ORDENA enviar copias certificadas de las actuaciones a la Presidenta de la Asamblea Nacional Constituyente Dra. Delcy Eloína Rodríguez Gómez, a los fines de que la aludida Asamblea determine lo conducente, según lo previsto en el artículo 200 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y a la Sala Constitucional de este Tribunal Supremo de Justicia para su conocimiento y demás fines.
- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia declara procedente la detención del ciudadano Diputado GERMÁN DARÍO FERRER.
- Remítase copia certificada de las presentes actuaciones al Ministerio Público a los fines de que continúe la tramitación de la causa penal correspondiente.
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