AN aprobó 11 artículos del proyecto de Ley de Protección Social Integral del Artista (+Video completo)

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not_8f6f56be31a9332c4cd0ff6052aaf218eb5c79a0La Asamblea Nacional (AN) aprobó este martes en sesión ordinaria 11 de los 34 artículos que integran el proyecto de Ley de Protección Social Integral del Artista. “Esta ley la propuso este movimiento porque más nunca se puede irrespetar y maltratar el talento venezolano (…) La cultura es política, política cultural, esta ley es para los chavistas y los opositores que están en la patria grande construyendo patria. Aquí están los deberes y los derechos para seguir fortaleciendo la reivindicación social, porque los diputados estamos comprometidos con la justicia social como nos enseñó nuestro comandante supremo Hugo Chávez Frías”, expresó durante la discusión de la ley el diputado socialista Carlos Sierra.


Texto: AVN y Prensa AN

Previamente, el plenario de la Asamblea Nacional aprobó la incorporación de una muestra del joropo en cada una de las sesiones los días martes, y en esta oportunidad correspondió al diputado Cristóbal Jiménez (Psuv-Apure) acompañado por los diputados socialistas Jesús Cepeda y José Ávila, así como de la diputada Rosalba Vivas.

Segunda Discusión de Ley de Protección al Artista y al Cultor, 6 mayo 2014

El debate del Proyecto de Ley comenzó con la intervención de la diputada Gladys Requena, quien saludó a los cultores y cultoras presentes en el Hemiciclo, y a la agrupación “Venezuela Habla Cantando”. Refirió que el 18 de junio de 2013, luego de la presentación que hiciera la actriz Dilia Waicaran, se designó una Comisión Mixta, para estudiar la propuesta de Ley, y que como producto de la iniciativa de ella y otros artistas, se dio inicio al trabajo parlamentario.

Comentó que se inició la consulta a partir del mes de julio y que se organizó una Mesa de Trabajo, hasta que el pasado 23 de abril se culminó el informe, que contiene 39 artículos, y tiene dos vértices; uno del área laboral y el de la seguridad social, así como, los deberes y derechos de las artistas y los artistas. “Sufrió muchas modificaciones, y todo lo relativo al derecho de autor y sobre la seguridad social, que fueron conectadas con otra normativa, así que hoy tenemos un documento distinto, pero que respeta el contenido esencial del que se presentó al principio”.

Insistió en celebrar la colaboración del Ministerio del Poder Popular para la Cultura, en la persona del ministro, Fidel Barbarito y, de todos los que participaron en las mesas de trabajo conformadas para hacer la consulta nacional.

De la Ley

La Plenaria aprobó el título de la Ley quedando de manera definitiva de la siguiente forma: Ley de Protección Social Integral a la Artista, el Artista, Cultora y Cultor Nacional. De igual modo, se aprobó el objeto de la Ley: Garantizar la protección social integral del artista y cultor nacional en su condición de trabajador cultural, conjuntamente con el poder popular y demás sujetos de naturaleza pública y privada del quehacer cultural en sus diversas manifestaciones y disciplinas artísticas.

Para el diputado Eduardo Piñate (Psuv-Distrito Capital) la ley se refiere a la protección de las trabajadoras y trabajadores de la cultura, y está expresado en el ámbito de Aplicación de la Ley que señala ser de orden público y serán aplicables a todo el Poder Público Nacional, estadal, municipal y a las organizaciones del Poder Popular: “Se trata de acabar con el poder de las élites, y hacerlas respetar por todos los que contratan”, dijo.

El diputado Arcadio Montiel (IND-Zulia) destacó que la Ley se vincula al artículo 100 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, sobre las culturas populares constitutivas de la nacionalidad, y que la ley establecerá los incentivos a aquellas comunidades que apoyen, promuevan el hecho artístico y que tendrán una seguridad social digna a quienes la realicen.

“Todas las comunidades forman parte de esa sociedad artística, apoyamos que también se tome en cuenta lo que contempla sobre las comunidades indígenas”, destacó Montiel.

Aspectos relevantes

Entre los aspectos más destacados del Proyecto de Ley para la Protección Social del Artista y el Cultor Nacional se encuentran:

  • Garantizar el reconocimiento, la tutela, el ejercicio y la defensa de los derechos morales, patrimoniales, laborales, de seguridad social, entre otros, que correspondan al artista y cultor.
  • Desarrollar los postulados de la Ley Orgánica del Trabajo de los Trabajadores y las Trabajadoras en sus artículos 287 y 288, referidos al reconocimiento de los artistas y cultores como trabajadores del arte y la cultura.
  • Asegurar la protección social del artista y del cultor nacional, sean dependientes laboralmente o no, mediante su inserción en el sistema de seguridad social.

El marco legal garantiza en su primer artículo la protección social del trabajador y la trabajadora cultural. El segundo artículo contempla el ámbito de aplicación, en el cual están contempladas tanto las personas naturales y jurídicas, de derecho público y privado, dedicadas al sector cultural. Igualmente se aprobó el tercer artículo, sobre los principios rectores de soberanía, y el cuarto artículo, que define en este campo a toda persona natural o jurídica que realice una actividad cultural bajo dependencia de otra persona natural o jurídica, y al trabajador independiente.

El quinto artículo aprobado por los parlamentarios, defiende los derechos de la obra cultural, protegiendo la labor de los artistas y cultores para el desarrollo y difusión de la obra. El sexto artículo, sobre los deberes, incentiva a los artistas y cultores a “contribuir al desarrollo cultural de la nación, la identidad y los símbolos patrios, asimismo promover una sociedad amante de la paz a través de la participación en el sistema educativo”, citó el secretario de la AN, Fidel Vásquez.

Sobre los deberes del Estado en la protección social del trabajador, el séptimo artículo de la ley reconoce el sustento de los artistas y cultores. Mientras que el octavo artículo, defiende el derecho patrimonial exclusivo de la obra de los trabajadores culturales. Asimismo, el noveno, décimo y onceavo artículos aprobados dictaminan la remuneración por comunicación al público, las entidades de gestión y la aplicabilidad del marco legal, respectivamente.

“Nunca más irrespetar al artista venezolano”

“Para esta ley nosotros hicimos una consulta amplia en todo el país donde los artistas y cultores defendieron sus deberes y derechos. Esta ley la propuso este movimiento porque más nunca se puede irrespetar y maltratar el talento venezolano (…) La cultura es política, política cultural, esta ley es para los chavistas y los opositores que están en la patria grande construyendo patria. Aquí están los deberes y los derechos para seguir fortaleciendo la reivindicación social, porque los diputados estamos comprometidos con la justicia social como nos enseñó nuestro comandante supremo Hugo Chávez Frías”, expresó durante la discusión de la ley el diputado socialista Carlos Sierra.

Por su parte, la diputada socialista Loidy Herrera, destacó que este marco legal reivindicará el derecho de los trabajadores culturales, explotados por los empresarios en la IV República.

“A través de las discusiones pudimos compartir las experiencias y muchas situaciones de artistas que han dado el entretenimiento y no han sido reconocidos por comerciantes del arte y de la vida humana (…) Aquí está el pueblo legislador que hoy hace vida la ley de los derechos de hombres y mujeres y aquí está la voz del pueblo a través de los diputados y diputadas”, manifestó.

La discusión de los otros 23 artículos se realizará el próximo martes.

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alexey guillen
9 años atrás

me parece que esta ley es muy buena por que así defiende a los artistas que tanto fueron vejados y excluidos de la sociedad venezolana un ejemplo para parafrasear los artistas que trabajaron en los canales de televisión dieron toda su vida y hoy en día pararon en un asilo para ancianos y no tienen ni un seguro social para por lo menos comprar la medicina bueno saludos espero le haya gustado mi comentario