Diecisiete personas fueron condenadas este jueves en sentencia emitida por el Tribunal en Primera Instancia en Funciones de Juicio con Competencia Exclusiva para conocer causas vinculadas a delitos asociados al Terrorismo y Delincuencia Organizada, por el caso del magnicidio en grado de frustración contra el Presidente de la República, Nicolás Maduro, el 4 de agosto de 2018. Doce de los acusados resultaron condenados a 30 años de prisión, mientras que otros cinco fueron condenados a penas de 24, 20, 16, 8 y 5 años de prisión. El exdiputado opositor Juan Requesens fue condenado a ocho años de cárcel por el delito de conspiración.
Texto: AVN y Alba Ciudad
Además, el mencionado tribunal exhortó al Ministerio Público a impulsar el proceso contra el opositor Julio Borges.
Conforme a lo establecido en el artículo 349 del Código Orgánico Procesal Penal, fueron condenados los ciudadanos Juan Carlos Monasterios Vanegas a 30 años de prisión; Argenis Gabriel Valera Ruíz a 30 años de prisión; José Miguel Estrada González a 30 años de cárcel.
De igual forma, los ciudadanos Oswaldo Gabriel Castillo Lunar, Alberto José Bracho Rozquez, Brayan De Jesús Oropeza Ruíz, Henriberth Enmanuel Rivas Vivas, Yolmer José Escalona Torrealba, Emirlendris Carolina Benítez Rosales y Yanin Fabiana Pernia Coronel, todos condenados a 30 años de prisión, según sentencia leÍda por el periodista Julio Riobó en transmisión especial de Venezolana de Televisión (VTV).
También fueron sentenciados Ángela Lisbeth Expósito Carrillo con 24 años de cárcel, Alejandro Pérez Gámez y Pedro Javier Zambrano Hernández ambos con 30 años de prisión.
Los ciudadanos Héctor Armando Hernández Da Costa con 16 años de prisión, José Eloy Rivas Díaz condenado a 20 años de prisión y Wilder Anderson Vásquez Velásquez a 5 años de cárcel.
La sentencia precisa que se condena a los ciudadanos acusados a las penas accesorias establecidas en el artículo 16 del Código Penal, así como la orden de confiscar los bienes incautados en el proceso de investigación.
Así mismo, se ordenó al Ministerio Público a solicitar órdenes de aprehensión contra la ciudadana Adriana Rosa Bronbin Baez y se pidió impulsar el proceso en contra de los ciudadanos Julio Borges, Virginia Antonieta Da Silva Pi Porta, Osman Alexis Delgado Tabosky, Josser Eduardo López, Rayder Alexander Russo Márquez, Yilbert Alberto Escalona Torrealba, Gregorio Jose Yaguas Monjes y Beaumont Álvarez David Alexander.
Más temprano, el fiscal general de la República, Tarek William Saab, anunció la culminación del juicio contra las 17 personas mencionadas.
Saab recordó que el 4 de agosto de 2018 se produjo “la activación de dos artefactos explosivos incorporados a dos aeronaves no tripuladas, que pretendían asesinar al Presidente de la República mientras ofrecía su discurso por el 81º aniversario de la Guardia Nacional Bolivariana; dicha detonación causó heridas a varios funcionarios militares”.
El fiscal general apuntó que el juicio inició el 2 de diciembre de 2019. “Se realizaron 91 audiencias, participaron 60 expertos, declararon 193 funcionarios actuantes y prestaron testimonio 36 testigos civiles. Hubo la oportunidad, según implica el derecho, del debido proceso”, precisó.
Nota de prensa de TSJ sobre el caso
A continuación, una nota oficial del Tribunal Supremo de Justicia.
TRIBUNAL CONTRA EL TERRORISMO CONDENÓ A PRISIÓN A UN GRUPO DE CIUDADANOS/AS POR EL HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN CONTRA EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, NICOLÁS MADURO MOROS
Fecha: 04 de agosto de 2022
El Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio con Competencia Exclusiva a Nivel Nacional para Conocer de Causas Vinculadas con Delitos Asociados al Terrorismo y Delincuencia Organizada, condenó con penas que van entre los cinco y los 30 años de prisión a un grupo de ciudadanos y ciudadanas que participaron en el atentado contra el Presidente Constitucional de la República Bolivariana de Venezuela, ciudadano Nicolás Maduro Moros, en agosto de 2018 en la Avenida Bolívar de Caracas.
Señala la sentencia que los ciudadanos: Alejandro Pérez Gámez, General de División de la Guardia Nacional Bolivariana (GNB); Pedro Javier Zambrano Hernández, Coronel de la GNB; Juan Carlos Monasterios Vanegas, Sargento Mayor de Primera (R); Argenis Gabriel Valera Ruiz, José Miguel Estrada González, Oswaldo Gabriel Castillo Lunar, Alberto José Bracho Rozquez, Brayan De Jesús Oropeza Ruiz, Henriberth Enmanuel Rivas Vivas, Yolmer José Escalona Torrealba; las ciudadanas: Emirlendris Carolina Benítez Rosales y Yanin Fabiana Pernía Coronel fueron condenados/as a 30 años de prisión.
Los mencionados ciudadanos y ciudadanas fueron condenados por la comisión de los siguientes delitos tipificados en el ordenamiento legal venezolano: homicidio intencional calificado en grado de frustración en contra de la integridad física del Jefe de Estado, ciudadano Nicolás Maduro Moros; homicidio intencional calificado ejecutado con alevosía y por motivos fútiles en grado de frustración, en perjuicio de los ciudadanos José Del Valle Núñez Martínez, Ortiz Belatis Benny, Luis José Alexander Molina Torres, Darwin Moreno, Jesús Gómez Dorante, Víctor Hernández Moran y Lizneidy Guerrero Salazar; así como los delitos de lanzamiento de artefactos explosivos en reuniones públicas, traición a la patria, terrorismo y asociación para delinquir.
Por su parte, el ciudadano Juan Carlos Requesens Martínez, fue condenado a cumplir la pena ocho años de prisión por la comisión del delito de conspiración, y el ciudadano Wilder Anderson Vásquez Velásquez, fue condenado a cumplir la pena de cinco años de prisión por la comisión del delito de encubrimiento en el delito de terrorismo.
También fueron condenados, a 24 años de prisión la ciudadana Ángela Lisbeth Expósito Carrillo, por la comisión de los delitos de financiamiento al terrorismo y asociación para delinquir; a 20 años de prisión el funcionario retirado de la Policía Metropolitana, José Eloy Rivas Díaz, por la comisión del delito de financiamiento al terrorismo, y el General de Brigada de la GNB, Héctor Armando Hernández Da Costa, a 16 años de prisión por la comisión del delito de conspiración.
Agrega la sentencia que se condena a las y los ciudadanos acusados a las penas accesorias establecidas en el artículo 16 del Código Penal. Asimismo, se ordenó la confiscación de los bienes incautados en el proceso de investigación.
Finalmente, se exhortó al Ministerio Publico a seguir desplegando todas las acciones necesarias para hacer valer la responsabilidad de otros posibles autores y partícipes en estos hechos.