La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), declaró procedente este jueves la solicitud de extradición de los ciudadanos Julio Borges, Rayder Russo, Oswaldo Valentín García Palomo, Elvis Arnaldo Rivas Barrios y Carlos Monasterios ante la República de Colombia; los ciudadanos: Josser López Valero, Osman Delgado Tabosky y la ciudadana Virginia Antonieta Da Silva-Pio ante los Estados Unidos de América, y Yilber Escalona ante la República del Perú por la presunta comisión del delito de homicidio calificado en grado de frustración contra el presidente de la República Nicolás Maduro Moros, y otros delitos.
Texto y foto: Prensa TSJ
Las sentencias de la Sala de Casación Penal del TSJ aseguran que estas solicitudes de extradición son por la presunta comisión de los delitos de traición a la patria; homicidio intencional calificado en grado de frustración en la persona del presidente de la República, ciudadano Nicolás Maduro; homicidio intencional calificado, ejecutado con alevosía y por motivos fútiles en grado de frustración en perjuicio de un grupo de funcionarios de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana; lanzamiento de artefacto explosivo en reuniones públicas; terrorismo; financiamiento al terrorismo y asociación.
Dichos delitos están tipificados, respectivamente, en los artículos 128 del Código Penal; 405, en relación con el artículo 406, numeral 3, en concordancia con el artículo 80, eisudem del mencionado Código; 405 concatenado con el artículo 406 numeral 2 del referido instrumento jurídico en relación con el artículo 80 eiusdem; 296, en relación con el artículo 297, íbidem; así como los artículos 52, 53 y 37 de la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo.
En las decisiones, la Sala de Casación Penal del TSJ asume que los requeridos en extradición contarán con todas las garantías constitucionales y procesales penales, consagradas en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela relativas al principio de no discriminación; prohibición de desaparición forzada de personas; debido proceso; derecho a la integridad física, psíquica y moral; prohibición de ser sometido a penas, torturas y tratos crueles, inhumanos o degradantes; derecho a un sistema penitenciario que asegure su rehabilitación y que no podrán ser juzgados por otros hechos distintos a los señalados en las solicitud de extradición, cometidos con anterioridad a cada solicitud.