Alfredo Ramos fue detenido por orden del TSJ tras ignorar llamado a evitar trancazos

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Foto: TSJ

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) acordó este viernes sancionar al alcalde del municipio Iribarren del estado Lara, Alfredo Ramos, “a 15 meses de prisión más las accesorias de ley”, por desacatar el dictamen que le ordenaba realizar todas las acciones en el marco de la Constitución y la Ley para evitar los denominados “trancazos” que impidan el libre tránsito de las personas y vehículos. Ramos fue detenido por funcionarios del Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (Sebin) en su despacho el viernes en la noche.


Texto: Alba Ciudad y nota de prensa

A través de su cuenta en Twitter, el Máximo Tribunal del país informó que Ramos cesa en el ejercicio de sus funciones como alcalde, y que, durante el cumplimiento de la sanción, se declara su inhabilitación política. Ramos deberá ser recluido en la sede del Servicio Bolivariano de Inteligencia (Sebin) en Caracas. “Permanecerá en este lugar hasta que un juez de primera instancia en funciones de ejecución determine el sitio definitivo de reclusión”, precisó el magistrado Juan José Mendoza Jover, presidente de la Sala Constitucional del Máximo Juzgado, al dar lectura al dispositivo de la sentencia.

Asimismo, el TSJ mantiene la medida cautelar de prohibición de salida del país y acordó que el Sebin deberá emitir alerta roja a Interpol para ubicar a Ramos si se encontrara fuera del país.

Dicha decisión fue tomada por los miembros de la Sala Constitucional tras la realización de la audiencia oral y pública del caso este miércoles en la sede del Alto Juzgado, por su presunto desacato cautelar dictado el pasado primero de junio de 2017, en la que se ordenaba al funcionario a realizar todas las acciones y utilizar los recursos materiales y humanos necesarios en el marco de la Constitución y la Ley, a fin de evitar de que se coloquen obstáculo en la vías públicas que impidan el libre tránsito de las personas y vehículos.

“La Sala Constitucional del TSJ declara el desacato de Alfredo Ramos al mandamiento de amparo cautelar dictado en sentencia N° 400 del 01/06/17”, expresó en su cuenta Twitter. Durante la misma, la Sala Constitucional desestimó la solicitud de diferimiento de la audiencia.

Publicado por Luigino Bracci
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