TSJ sobre arresto domiciliario a Simonovis: “Al mejorar debe regresar al sitio de reclusión”

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Foto: Reuters

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Este sábado el excomisario Iván Simonovis, recibió una medida de “detención domiciliaria temporal con apostamiento del Sebin” (Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional), según informó el Tribunal Supremo de Justicia, a través de la cuenta @NoticiasTSJ. También informó que es una “medida humanitaria temporal”, señalando que “una vez mejore su salud deberá regresar a su sitio de reclusión”. Su esposa, Bony Pertiñez, informó este sábado en la madrugada, a través de redes sociales, que él ya se encontraba en el hogar, como también lo confirman las fotos difundidas a través de redes sociales.

Telesur y CiudadCCS

Simonovis, exsecretario de seguridad ciudadana de la Alcaldía Metropolitana de Caracas durante los sucesos de abril de 2002, fue sentenciado junto a otros dos altos funcionarios policiales -Henry Vivas y Lázaro Forero- a 30 años de cárcel por varias de las 19 muertes ocurridas durante el golpe de Estado del 11 de abril de ese año. Los comisarios Vivas y Forero ya habían recibido medidas humanitarias en 2011.

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Foto: AFP

Su esposa, Bonny de Simonovis, indicó que el excomisario fue traslado a su casa la madrugada del sábado, bajo la vigilancia de los servicios de inteligencia.

Medios dieron a conocer que, como parte de la decisión de medida humanitaria, el ex funcionario policial no podrá emitir opiniones políticas o dar declaraciones a medios de comunicación por cualquier vía, ni podrá utilizar las redes sociales.

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@NoticiasTSJ

Posteriormente, el TSJ emitió la siguiente nota de prensa.

Tribunal otorga medida a Iván Simonovis

Un Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del estado Aragua otorgó una medida de detención domiciliaria por razones de salud a Iván Antonio Simonovis Aranguren, quien cumple condena de prisión por los delitos de Homicidio Calificado, Homicidio Calificado Frustrado, y Lesiones Personales Graves y Leves; para que reciba tratamiento médico en su domicilio, bajo apostamiento del Sebin, el cual ejercerá su custodia.

Esta medida fue concedida por el tribunal con estricto apego a la jurisprudencia reiterada del Tribunal Supremo de Justicia y en razón de la solicitud formulada por el penado y por el Ministerio Público, de acuerdo a los informes médicos forenses que arrojaron las diferentes patologías del penado, las cuales han conducido a un grave deterioro de su salud. Si sus condiciones de salud se restablecen regresará al centro penitenciario donde ha estado cumpliendo la condena hasta ahora.

En virtud de esta decisión, Simonovis deberá acatar ciertas condiciones cuyo cumplimiento será estrictamente vigilado, entre ellas no podrá dar declaraciones ante medios de comunicación social públicos o privados, y tampoco a través de las redes sociales ni podrá realizar actos de proselitismo político. Deberá presentar cada tres meses informe actualizado de su estado de salud. De igual forma se le prohíbe la salida del país y deberá solicitar autorización al Tribunal para su traslado a centros de salud si así se requiere. El incumplimiento de alguna de estas condiciones acarreará la revocatoria de la medida.

Tras casi 10 años de prisión, Simonovis recibió la medida a fin de que continúe recibiendo el tratamiento médico, ahora en su domicilio, por el estado actual de sus patologías, garantizándole su derecho humano a la salud reconocido en el artículo 83 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

El Estado venezolano, a través del Poder Judicial, garantiza plenamente los derechos de todas las víctimas de los delitos cometidos por Simonovis, como lo ha venido haciendo por más de una década; asimismo permanece a la vanguardia en la lucha constante contra la impunidad, en armonía con la tutela a los derechos humanos y ratifica que las personas cuya culpabilidad en la comisión de hechos punibles resulte comprobada, cumplirán sus penas rigurosamente en los términos que impongan los Juzgados de la República.

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